Comienza el juicio contra Monsanto por crímenes contra la humanidad y “ecocidio”
Todo empezó a finales del año 2015, cuando faltaba poco para la celebración de la COP 21 de París. Varias decenas de organizaciones no comerciales y activistas de derechos humanos demandaron en esa época a la empresa mutlinacional biotecnológica Monsanto (recientemente adquirida por Bayer) por crímenes de lesa humanidad y ecocidio, y que tendría que enfrentarse a un juicio en el tribunal internacional de La Haya en el mes de octubre del presente año. Y llegó octubre de 2016.
La Fundación Tribunal a Monsanto, que nuclea a casi cuatrocientas organizaciones sociales alrededor del mundo, encabezadas por la activista y filosofa Vandana Shiva y la periodista francesa Marie-Monique Robin –autora del documental El mundo según Monsanto–, llevará a la corte holandesa treinta casos de enfermedades y malformaciones congénitas causadas por la exposición directa a los agrotóxicos fabricados por Monsanto. Todos los denunciantes han sido convocados a viajar a La Haya gracias al más de medio millón de euros que la fundación consiguió a través de una plataforma digital de financiamiento colectivo.
Según informa El Español, el tribunal pretende asumir la representación de la sociedad civil para encausar a la multinacional por la violación de derechos humanos, crímenes contra la humanidad y ecocidio.
Para sufragar el simbólico juicio celebrado en La Haya, los ecologistas solicitan un donativo a través de crowdfunding. Un total de cinco jueces escucharán los testimonios de 30 testigos y expertos de todos los continentes. Emitirán una opinión consultiva en diciembre que seguirá los procedimientos de la Corte Internacional de Justicia.
Según informa RT, los demandantes afirman que Monsanto viene desarrollando desde principios del siglo XX productos tóxicos que están causando un daño irreparable al medio ambiente y a la salud humana. De hecho la empresa ya fue condenada en el año 2015 por la intoxicación de un agricultor francés por efecto del herbicida fabricado y comercializado con el nombre de Lasso.
Entre las sustancias producidas por la multinacional se encuentra el Roundup, también conocido como Glifosato. Este herbicida lograba erradicar “las malezas” de un día para otro. Pero diversos estudios arrojaron que este herbicida está directamente relacionado con la formación de cáncer en humanos y animales, además provoca trastornos del desarrollo, defectos de nacimiento y tumores. Actualmente este herbicida está prohibido en Europa. Monsanto también es responsable de la producción del 2,4,5-T, uno de los componentes del Agente Naranja que fue empleado por el Ejército estadounidense durante la guerra de Vietnam, causando malformaciones congénitas y cáncer.
El dictamen de los jueces del Tribunal Internacional Monsanto girará en torno a si empresa vulneró cuatro derechos (entorno seguro, limpio, saludable y sostenible; alimentación; salud; libertad de investigación científica) conforme a distintos artículos del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y a la Convención de Derechos del Niño. Además, deberán expedirse sobre si las actividades de Monsanto podrían reunir los elementos constitutivos del delito de ecocidio, en el sentido de que dañan gravemente y destruyen el medio ambiente, hasta el punto de alterar de forma significativa y duradera el patrimonio mundial.
El Tribunal Internacional realiza un total de seis acusaciones contra la multinacional de transgénicos:
1. Derecho a un medio ambiente sano
¿Violó la empresa Monsanto, por sus actividades, el derecho a un medio ambiente seguro, limpio, sano y sostenible, como se reconoce en el derecho internacional de los derechos humanos, teniendo en cuenta las responsabilidades impuestas a las empresas por parte de los Principios Rectores de Empresas y Derechos Humanos, según lo aprobado por el Consejo de Derechos Humanos en su resolución 17/4 de 16 de junio de 2011?
2. Derecho a la alimentación
¿La empresa Monsanto violó, por sus actividades, el derecho a la alimentación, como se reconoce en el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y en los artículos 24.2 y 27.3 de la Convención sobre los Derechos del niño, y en los artículos 25 (f) y 28.1 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, teniendo en cuenta las responsabilidades impuestas a las empresas por los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos, como aprobado por el Consejo de Derechos Humanos en su resolución 17/4 del 16 de junio de 2011?
3. Derecho a la salud
¿La empresa Monsanto violó, por sus actividades, el derecho al nivel más alto posible de salud, tal como se reconoce en el artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, o el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud, explícito en el artículo 24 de la Convención sobre los Derechos del niño, teniendo en cuenta las responsabilidades impuestas a las empresas por parte de los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos, según lo aprobado por el Consejo de Derechos Humanos en la Resolución 17 / 4 del 16 de junio 2011?
4. La libertad de expresión y la investigación académica
¿La empresa Monsanto viola la libertad indispensable para la investigación científica, garantizado por el artículo 15 (3) del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como la libertad de pensamiento y de expresión garantizados en el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, teniendo en cuenta las responsabilidades impuestas a las empresas por parte de los Principios Rectores de empresas y derechos humanos, según lo aprobado por el Consejo de Derechos Humanos en su resolución 17/4 del 16 de junio de 2011?
5. Complicidad en crímenes de guerra
¿Es la empresa Monsanto cómplice en la ejecución de un crimen de guerra, tal como se define en el artículo 8 (2) de la Corte Penal Internacional, al proporcionar materiales para el Ejército de los Estados Unidos en el marco de la operación “Ranch Hand” lanzado en Vietnam en 1962?
6. Ecocidio
¿Podrían las actividades pasadas y presentes de Monsanto constituir un delito de ecocidio, entendido como la generación de daños graves o destrucción del medio ambiente, alterando de manera significativa y duradera los bienes comunes o servicios de los ecosistemas de los que ciertos grupos humanos dependen?
Fuente: Muhimu